"Las ideas son menos interesantes que los seres humanos que las inventan" FranÇois Truffaut

miércoles, junio 12, 2013

Post scriptum al aborto (en respuesta a Albert Esplugas)

Mi perspectiva personal sobre el aborto no la he mostrado.  Con el experiemento rawlsiano he pretendido crear un marco político de consenso entre las diversas opciones ontológicas y morales, entre las que me posiciono como un árbitro.

No es equivalente el dilema que plantea Albert Esplugas porque, y aquí está la clave del embrollo, no es lo mismo hablar del conflicto entre, pongamos, violador y violado que entre mujer y feto. 

Podríamos partir de una posición común: el principio de no agresión a otro, porque el principio de agresión a uno mismo sería legítimo (en cuanto que principio de propiedad de uno mismo), la clave es que mientras que entre violador y violado está claro y es obvio que son dos cuerpos, dos individuos, diferentes, no es así en el caso de los cuerpos-individuos mujer y feto.

El problema ontológico es que mientras que en el caso violador-violado tenemos el cuerpo 1 y el cuerpo 2, en el caso del feto y la mujer podríamos categorizarlo del mismo modo, dos cuerpos 1 y 2 (en cuyo caso sería similar al anterior), o bien como un solo cuerpo con dos subdivisiones 1.1 y 1.2.  Depende de cómo interpretemos la relación mujer-feto, si de subordinación o autonomía, entonces el principio de no agresión se aplicará de un modo u otro, ya que tendríamos un ejemplo de agresión a otro o a uno mismo.

Es evidente, independientemente de cuál sea la apuesta ontológica de cada cual, que aquí hay una indeterminación ontológica, por así decir.  Mi propuesta, siguiendo el experimento rawlsiano, sería la de un "pacto ontológico": ni para los que los consideran como 2 cuerpos independientes desde el momento de la concepción ni para los que consideran al feto como una parte de una única entidad: la mujer.  Tampoco sería cuestión de, en plan Rey Salomon, hacer una media de los nueve meses de embarazo sino que cabe encontrar un punto razonable (que no racional, aquí la ciencia hace las veces de consultora, no de legisladora).

Respecto al tema de los derechos, estos no son previos al pacto.  El iusnaturalismo todavía tenía razón de ser en sociedades religiosas o deístas, pero en la actualidad los planteamientos son contractualistas puros. Es decir, los derechos emergen en el pacto, no son previos a él.  Por eso, Rawls a diferencia de Thomas Jefferson que todavía hablaba de "derechos inalienables" se refiere a ellos como "derechos irrevocables".

En general, y en cuanto a la hora de pensar las cosas como "entes" o "procesos" tenemos un sesgo cognitivo que nos lleva a cosificarlos en lugar de pensarlos como flujos en los que la determinación de los límites entre un estado y otro son difusos, lo que nos obliga a trazar las líneas rojas (las fronteras) entre fenómenos de una manera convencional (aunque no necesariamente arbitraria).


1 comentario:

bastiat dijo...

El derecho a la vida no puede ser cuestión de un contrato. Cierto es que defenderle ha de llevar aparejado obligaciones por parte de todos.... a respetarlo. Y que si el derecho a la vida no se defiende se extingue en el momento en el que alguien lo ataca. No hay posibilidad de resarcimiento por el daño causado que es el concepto que se puede usar cuando hablamos de los incumplimientos de los contratos firmados por la libre voluntad de las partes....

NO.

El derecho a la vida está implícito al hecho de existir. Y uno empieza a existir cuando es concebido, no cuando tiene conciencia de su existencia. Y es que lo previo a la conciencia es la concepción. Sin la concepción no puede haber conciencia.

Por tanto. Podemos enmascarar de la manera que se quiera nuestro deseo de poder disponer de la vida de otro de manera impune. Pero no dejará de ser disponer de la vida de otro, el acto más atroz en cuanto a la escala de agresiones intolerables para un liberal.